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title: "Qué cambiaría en los concejos deliberantes con la propuesta de Luján"
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description: "Luján de Cuyo propone que los concejos deliberantes de Mendoza sesionen del 1 de febrero al 30 de noviembre. La iniciativa debe ir a la Legislatura."
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# Qué cambiaría en los concejos deliberantes con la propuesta de Luján

![SCONFIENZA](/download/multimedia.normal.ab72fc6872a1796f.bm9ybWFsLndlYnA%3D.webp)

Una iniciativa aprobada por el Concejo Deliberante lujanino busca que las sesiones ordinarias se desarrollen del 1 de febrero al 30 de noviembre. Para aplicarse en todos los municipios deberá ser tratada por la Legislatura de Mendoza.

El Concejo Deliberante de Luján de Cuyo impulsa una modificación de la Ley Orgánica de Municipalidades para ampliar de ocho a diez meses el período de sesiones ordinarias de los cuerpos deliberativos de Mendoza.

La propuesta fue elaborada por el presidente del Concejo Deliberante de Luján de Cuyo, Andrés Sconfienza, y aprobada por el cuerpo legislativo municipal. El proyecto plantea que las sesiones comiencen el 1 de febrero y finalicen el 30 de noviembre de cada año.

Sconfienza se reunió el lunes 10 de agosto con el senador provincial Néstor Majul para presentar la iniciativa y comenzar a trasladar la discusión al ámbito provincial.

## **Qué establece actualmente la Ley 1079**

La [Ley Orgánica de Municipalidades 1079](https://www.argentina.gob.ar/normativa/provincial/ley-1079-123456789-0abc-defg-970-1000mvorpyel/actualizacion) fue sancionada el 4 de enero de 1934 y continúa regulando buena parte de la organización y el funcionamiento de los municipios mendocinos.

Su artículo 57 establece que los concejos deliberantes deben desarrollar sus sesiones ordinarias desde el 1 de marzo hasta el 30 de octubre.

La normativa también permite que cada concejo, mediante una resolución aprobada por mayoría simple, prorrogue sus sesiones ordinarias por un plazo máximo de 30 días.

La propuesta surgida en Luján de Cuyo busca modificar ese calendario:

Punto Régimen vigente Propuesta de Luján de Cuyo   Inicio de sesiones ordinarias 1 de marzo 1 de febrero   Finalización 30 de octubre 30 de noviembre   Duración ordinaria Ocho meses Diez meses   Posibilidad de prórroga Hasta 30 días Un mes

De aprobarse el cambio, los concejos deliberantes contarían con dos meses ordinarios adicionales para tratar proyectos de ordenanza, pedidos de informe, resoluciones y otras iniciativas vinculadas con las necesidades de cada municipio.

## **Por qué quieren ampliar el período ordinario**

Desde el Concejo Deliberante de Luján de Cuyo sostienen que la modificación permitiría extender el tiempo disponible para el tratamiento de los proyectos presentados por los concejales.

También reduciría la extensión del período en el que los cuerpos deliberativos funcionan mediante sesiones de prórroga o extraordinarias, en las cuales el temario se encuentra limitado por las condiciones de la convocatoria.

El planteo apunta a que los concejos tengan mayor margen para discutir asuntos municipales durante el período ordinario y no deban depender con tanta frecuencia de convocatorias extraordinarias.

## **El proyecto deberá pasar por la Legislatura**

La aprobación del Concejo Deliberante de Luján de Cuyo no modifica por sí misma la legislación vigente. Debido a que la Ley 1079 es una norma provincial, cualquier cambio deberá ser debatido y aprobado por la Legislatura de Mendoza.

Durante la reunión, Majul se comprometió a poner el tema en discusión en la Cámara de Senadores. Sin embargo, hasta el momento no se informó un número de expediente provincial ni la presentación formal de un proyecto de ley en el Senado.

Por esa razón, el encuentro entre Sconfienza y Majul representa un primer paso político e institucional, pero el calendario actual de sesiones continuará vigente mientras la Legislatura no sancione una modificación.

## **El debate sobre el funcionamiento de los municipios**

La iniciativa aparece mientras Mendoza discute cambios relacionados con la organización institucional y la autonomía de sus municipios.

En mayo de 2026, el Senado provincial convirtió en ley la declaración de necesidad de reformar el artículo 197 de la Constitución de Mendoza. Esa iniciativa busca fortalecer la autonomía municipal y permitir que cada comuna pueda definir en su futura Carta Orgánica, entre otros aspectos, el sistema de renovación de sus concejos deliberantes.

La propuesta de Sconfienza abre una discusión paralela y puntual sobre la actualización de una ley municipal sancionada hace más de 92 años.

El próximo paso será determinar si el planteo consigue estado parlamentario y comienza formalmente su recorrido en las comisiones del Senado de Mendoza.

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